¿Qué normas de olores elabora el Ministerio?

La Estrategia para la Gestión de Olores en Chile, actualizada el año 2017 contiene dentro de sus pilares, el fortalecimiento regulatorio de olores de cinco sectores prioritarios. En este contexto, a través del Programa de Regulación Ambiental 2018 – 2019, indicó dentro de sus prioridades programáticas la elaboración de una regulación de olores para el Sector Porcino y el Sector Pesquero. Así también, el Programa de Regulación Ambiental 2020-2021, se priorizó la revisión de la Norma de Emisión de Compuestos TRS, Generadores de Olor, asociados a la fabricación de pulpa kraft o al sulfato.

El proceso de elaboración de la primera norma de olores en Chile se encuentra finalizado con la publicación del Decreto Supremo en el Diario Oficial el día 6 de febrero de 2023.  La norma tiene por objeto proteger la salud de la población que vive cercana a planteles porcinos y mejorar su calidad de vida. Como resultado de su aplicación se espera prevenir y controlar la emisión de olores en planteles porcinos mediante el establecimiento de mejoras tecnológicas. Su ámbito de aplicación es en todo el territorio nacional. Para revisar el expediente de la norma de emisión de olores para el sector porcino, haz click en el siguiente enlace.

Respecto a la Norma de Emisión de Olores del Sector Pesquero, el Ministerio del Medio Ambiente inicio en septiembre de 2019 el proceso de elaboración de Anteproyecto. Esta futura normativa incluye a Plantas de Aceite y Harina de Pescado y además a Plantas de Alimento para Peces. Cabe indicar que, para este sector, el Programa para la Recuperación Ambintal y Social de Coronel (PRAS) establece dentro de las medidas para el componente “Olores”, proponer nueva normativa para Plantas Procesadoras de Productos del Mar, como un desafío a nivel nacional para disminuir la emanación de malos olores. Para revisar el expediente de la norma de emisión de olores, visita el siguiente enlace.

El proceso de Revisión de la Norma de Emisión de Compuestos TRS, generadores de olor, en la fabricación de pulpa kraft o al sulfato se inició el 11 de enero de 2021, y es la segunda revisión de esta normativa. En este proceso de revisión se analizará la normativa internacional existente y otros antecedentes, como los informes de cumplimiento de la norma, lo que permitirá proponer una actualización de la normativa, de manera de minimizar la percepción de malos olores provenientes de las plantas de celulosa, mediante el control de la emisión de los compuestos TRS y de olores. Para revisar el expediente de la norma de emisión de olores, haz click en el este enlace.

Otras regulaciones a nivel nacional

Los organismos con competencia en materia odorífica son los siguientes:

La Autoridad Sanitaria vela porque se eliminen o controlen los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes –como el caso de los olores– en conformidad a las disposiciones Código Sanitario y sus reglamentos.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) fiscaliza y sanciona las infracciones a las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) Que hacen mención a medidas relacionadas a olores. Así como también fiscaliza la norma de emisión de compuestos TRS (generadores de olor) en planteles de celulosa, ver aquí regulación.

La Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) regula las Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) de empresas concesionarias y posee facultades de control, fiscalización y sanción. La generación de olores se incluye dentro del ámbito de su competencia, como parte de las exigencias impuestas a la calidad del servicio.

Actualmente algunos Municipios establecen restricciones genéricas a la generación de olores que signifiquen un riesgo para la salud o que molesten a la comunidad. Existen algunas Ordenanzas Municipales en el país que establecen medidas sanitarias básicas en los territorios de sus respectivas comunas.

Regulaciones a nivel internacional

De acuerdo a la revisión de regulaciones y herramientas a nivel internacional, se ha podido establecer que existe una tendencia a comenzar con la prevención, y posteriormente, continuar con la corrección o remediación de los problemas de olores. Según las estrategias adoptadas para la regulación de la contaminación ambiental por olores en el ámbito internacional se puede mencionar el establecimiento de:

  • Marco legal basado en leyes que eviten molestias o de protección de la “calidad de vida”. Leyes de tipo genérico.
  • Valores límite de concentración y emisión para compuestos químicos.
  • Valores límite de concentración de olor en inmisión.
  • Frecuencia y duración de los episodios problemáticos.
  • Distancias mínimas de separación.
  • Registro de denuncias.
  • Criterios de utilización de mejores tecnologías disponibles para el tratamiento y/o control de olores.

Mayor información por país ver aquí.